Modifican las tasas de interés aplicables a los tributos administrados o recaudados por la SUNAT

Dra. Sophia Sotil Levy

MODIFICAN LAS TASAS DE INTERÉS APLICABLES A LOS TRIBUTOS ADMINISTRADOS O RECAUDADOS POR LA SUNAT

Resolución de Superintendencia N° 066-2020-SUNAT

El día de ayer, 31 de marzo, se publicó a través de una edición extraordinaria la Resolución de Superintendencia N° 066-2020/SUNAT, por medio de la cual la Superintendencia Nacional de Aduana y de Administración Tributaria – SUNAT, modifica las tasas de interés aplicables a los tributos administrados o recaudados por ella. 

Las nuevas tasas son las siguientes: 

  • Se fija en 1% mensual, la Tasa de Interés Moratorio – TIM aplicable a las deudas tributarias en moneda nacional.
  • Se fija en 0.50% mensual, la TIM aplicable a las deudas tributarias en moneda extranjera.
  • Se fija en 0.42% mensual, la tasa de interés a que se refiere el inciso b) del artículo 38º del Código Tributario para las devoluciones en moneda nacional que se realicen por pagos efectuados indebidamente o en exceso.

En el caso de las retenciones y percepciones del Impuesto General a las Ventas no aplicadas, no hay modificación, y se mantiene lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N° 296-2011/SUNAT, esto es, una tasa del 1.2% equivalente a la TIM antes de la presente modificación.

  • Se fija  en 0.25% mensual, la tasa de interés a que se refiere el inciso b) de la primera disposición transitoria del Decreto Legislativo Nº 953 y norma modificatoria para las devoluciones en moneda extranjera que se realicen por pagos efectuados indebidamente o en exceso.

Resulta de particular interés en este contexto en el que muchos contribuyentes han presentado o evalúan presentar una solicitud de acogimiento a un aplazamiento y/o fraccionamiento regulados por el artículo 36º del Código Tributario, por falta de liquidez, la modificación de la Tasa de Interés Moratorio – TIM de 1.2% mensual a 1% mensual, pues con ello se reduce también la tasa aplicable a tales aplazamientos y/o fraccionamientos.

De acuerdo con el reglamento correspondiente, la tasa mensual de los aplazamientos y/o fraccionamientos equivalen al 80% de la TIM; por tal razón, la nueva tasa de interés se reducirá de 0.96% a 0.8%.

En caso de tener alguna consulta o comentario en relación con el presente informe, nuestro equipo está a su disposición para ampliar sobre el asunto. E-mail: ssotil@ellb.com.pe

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